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Llegar a España como Estudiante 2026: Checklist 30 Días

Verificado con 6 fuentes oficialesActualizado: 9 min de lectura

Respuesta rápida: Al aterrizar en España con tu visado de estudios tienes un plazo de 1 mes para solicitar la TIE si tu autorización supera los 6 meses (artículo 209 del RD 1155/2024): formulario EX-17, tasa 790-012 de 16,08€ y cita de huellas en la Policía. En paralelo conviene empadronarte (gratis, es una obligación legal), abrir una cuenta bancaria —tienes derecho a una cuenta de pago básica— y activar tu seguro médico, que sigue siendo tu cobertura sanitaria mientras seas solo estudiante.

¿Qué trámites tengo que hacer al llegar a España como estudiante?

Estos son los cinco pasos de los primeros 30 días, en el orden en que conviene hacerlos. El único con plazo legal es la TIE; el resto son "cuanto antes, mejor", porque casi todo lo demás (contrato de alquiler, alta médica, trabajo) depende de ellos.

#TrámitePlazoCosteDónde
1Alojamiento con contrato a tu nombreAntes de empadronarteVariableMercado privado / residencia
2EmpadronamientoCuanto antes (obligación legal)GratisAyuntamiento (cita previa)
3TIE (huellas + tarjeta)1 mes desde la entrada16,08€ (tasa 790-012)Oficina de Extranjería o comisaría
4Cuenta bancaria españolaCuanto antes0€ a 3€/mes (cuenta básica)Oficina bancaria
5Activar seguro y buscar centro de saludPrimeros díasYa pagado con tu pólizaAseguradora / centro sanitario

⚠️ Si tu curso dura 6 meses o menos, no tramitas TIE: tu visado ya es el documento que acredita tu situación durante toda la estancia.

¿Cuánto tiempo tengo para pedir la TIE de estudiante?

Un mes. El artículo 209 del Real Decreto 1155/2024 establece que los extranjeros con visado o autorización de estancia superior a seis meses tienen el derecho y el deber de obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero, que deben solicitar personalmente en el plazo de un mes desde su entrada en España (o desde que la autorización se conceda o cobre vigencia).

La documentación que exige oficialmente la Sede Electrónica de la Policía Nacional para la tarjeta de estudiante es:

Formulario EX-17 (solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero), cumplimentado y firmado
Justificante de pago de la tasa modelo 790 código 012

En la práctica, las oficinas piden además tu pasaporte con el visado, una fotografía reciente en color tamaño carné con fondo claro y el justificante de matrícula; comprueba la lista concreta de tu provincia antes de ir, porque varía ligeramente.

¿Cuánto cuesta la tasa y cómo se paga?

La tasa de primera concesión es de 16,08€, importe fijado por la Orden PJC/617/2025, de 13 de junio (BOE-A-2025-12056). Se genera y se paga en el propio portal de la Policía (Tasa 790 012) o en cualquier banco con el impreso. Ojo: la renovación tiene otra tasa, 19,30€. Tienes el detalle de todos los importes y del día de la cita en nuestra guía de la TIE.

¿Cómo pido la cita de huellas?

La cita se reserva en el sistema de cita previa de extranjería de la Administración (icp / sede.administracionespublicas.gob.es), eligiendo tu provincia y el trámite de toma de huellas y expedición de tarjeta. En las ciudades con más demanda las citas se agotan rápido: entra a buscarla el mismo día que llegues. Si la primera cita disponible cae después del mes, guarda la prueba de que la solicitaste dentro de plazo.

¿Cómo me empadrono si acabo de llegar?

El padrón municipal no es opcional: el artículo 15 de la Ley 7/1985 obliga a toda persona —española o extranjera— que viva en España a inscribirse en el municipio donde reside habitualmente. Es gratuito y se pide con cita en tu ayuntamiento.

Lo habitual que te pedirán:

Pasaporte en vigor (con visado) o TIE, original y copia
Documento que acredite la vivienda: contrato de alquiler a tu nombre; si el contrato no es tuyo, autorización firmada del titular más copia de su DNI/NIE
Hoja de inscripción del propio ayuntamiento

Los ayuntamientos grandes han endurecido los controles y una factura de luz o agua ya no basta como prueba de ocupación de la vivienda. Si vives en una residencia universitaria, pide allí el certificado o autorización que usan habitualmente. Todo el procedimiento, paso a paso, está en la guía del empadronamiento.

Para qué te sirve el certificado de empadronamiento: alta en el centro de salud, abono de transporte, matrículas, algunos bancos, y más adelante cualquier trámite de residencia o de nacionalidad.

¿Puedo abrir una cuenta bancaria en España sin TIE?

Sí, aunque depende del banco. Hay dos vías.

Vía 1: la cuenta de pago básica

El Real Decreto-ley 19/2017 obliga a todas las entidades de crédito que operan en España a ofrecer una cuenta de pago básica a los residentes legales en la UE, con un límite de comisión de 3€ al mes por el conjunto de servicios básicos (y sin comisión para personas en situación de vulnerabilidad, según el RD 164/2019). Incluye tarjeta de débito, transferencias y domiciliaciones.

Vía 2: la cuenta de no residente

Mientras no tengas TIE, muchos bancos abren la cuenta con pasaporte y el certificado de no residencia, o con el resguardo de tu solicitud de TIE y el documento que acredite tu estancia por estudios.

💡 Práctico: lleva pasaporte, visado, justificante de matrícula, empadronamiento y el resguardo de la TIE a la oficina. Los requisitos concretos varían de un banco a otro, así que pregunta antes en dos o tres entidades. Tu NIE figura en la TIE y es el número con el que te identificarás en todo el sistema: te lo explicamos en la guía del NIE.

¿Y la sanidad? ¿Me vale el seguro del visado?

Sí: mientras seas solo estudiante, tu cobertura es el seguro privado que presentaste con el visado, no la tarjeta sanitaria pública. Es un punto que confunde a mucha gente:

SituaciónCobertura sanitaria
Estudiante no-UE solo estudiandoSeguro privado obligatorio del visado (sin copagos ni carencias)
Estudiante de la UE/EEETarjeta Sanitaria Europea de su país o seguro privado
Estudiante que trabaja y está de altaPasa a tener la condición de asegurado del sistema público al cotizar

Si empiezas a trabajar (puedes hacerlo hasta 30 horas semanales de forma automática desde el RD 1155/2024), el alta en la Seguridad Social te da la condición de asegurado: con el documento de derecho del INSS, tu TIE y el empadronamiento, el centro de salud te tramita la tarjeta sanitaria. Los detalles del trabajo están en trabajar con visado de estudiante.

⚠️ Importante: el Real Decreto 180/2026 que amplió el acceso a la sanidad pública regula a las personas extranjeras sin residencia legal; no es tu vía si tienes una estancia por estudios en regla. Y no canceles tu seguro al llegar: es un requisito de tu autorización durante toda la estancia, y su vigencia se revisa en las prórrogas. Qué debe cubrir exactamente, en la guía del seguro para el visado de estudiante.

¿Qué abono de transporte me conviene?

Los abonos jóvenes son uno de los ahorros más grandes del primer mes. Dos ejemplos verificados en las webs oficiales:

CiudadTítuloPrecioValidezEdad
MadridAbono Joven 30 días10€ (tarifa 20€ con el 50% bonificado)30 días, todas las zonas A-E2Desde 15 hasta cumplir 26
BarcelonaT-jove45,50€90 días desde la primera validación, 7 coronasMenores de 30

Según la Comunidad de Madrid, el Abono Joven mantiene el precio único de 10€ durante 2026; el precio de la T-jove figura en el portal de la ATM de Barcelona. Para el resto de gastos del mes, mira nuestra comparativa de cuánto cuesta vivir en España por ciudades.

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Errores comunes en los primeros 30 días

1.Dejar la TIE para el segundo mes : el plazo legal es de un mes; las citas se agotan y el retraso puede complicarte la prórroga.
2.Pagar la tasa equivocada : 16,08€ es la primera concesión; 19,30€ es la renovación. Un importe mal pagado obliga a repetir el trámite.
3.Firmar un alquiler que no permite empadronarse : pide por escrito que podrás empadronarte antes de firmar.
4.Cancelar el seguro del visado al llegar, pensando que el sistema público ya te cubre.
5.Trabajar sin contrato creyendo que el visado de estudios no lo permite: sí lo permite, hasta 30 horas y sin autorización extra.
6.No guardar resguardos : el de la cita, el de la tasa y el de la solicitud de TIE son tu prueba de estar en regla mientras fabrican la tarjeta.

Fuentes oficiales

BOE — Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre (Reglamento de Extranjería; artículo 209: obligación de TIE y plazo de un mes): boe.es (texto legal oficial)
Sede Electrónica de la Policía Nacional — trámite de tarjeta de estudiante extranjero (EX-17 y tasa 790-012): sede.policia.gob.es (organismo competente)
BOE — Orden PJC/617/2025, de 13 de junio (importes de las tasas de extranjería: 16,08€ primera concesión / 19,30€ renovación): boe.es (norma oficial)
BOE — Ley 7/1985, artículo 15 (obligación de inscripción en el padrón municipal): boe.es (texto legal oficial)
BOE — Real Decreto-ley 19/2017, de cuentas de pago básicas (derecho a cuenta básica, comisión máxima de 3€/mes): boe.es (norma oficial)
Comunidad de Madrid — Abono Joven 30 días, precio 2026: comunidad.madrid (administración autonómica)

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para sacar la TIE al llegar a España?

Un mes desde tu entrada en España (o desde que la autorización cobre vigencia), según el artículo 209 del RD 1155/2024. Solo aplica si tu autorización de estancia por estudios supera los seis meses.

¿Cuánto cuesta la TIE de estudiante en 2026?

La tasa 790-012 de primera concesión cuesta 16,08€, según la Orden PJC/617/2025. La renovación es distinta: 19,30€. La tarjeta física no tiene coste adicional.

¿Necesito TIE si mi curso dura menos de 6 meses?

No. La TIE solo es obligatoria para autorizaciones de más de seis meses; con un curso más corto tu visado acredita tu situación durante toda la estancia.

¿Puedo empadronarme sin tener todavía la TIE?

Sí. El padrón se gestiona con el pasaporte y un documento que acredite la vivienda; no exige TIE. De hecho, el certificado de empadronamiento te sirve luego para otros trámites.

¿Puedo abrir una cuenta bancaria solo con el pasaporte?

Depende del banco, pero es posible: existe la modalidad de cuenta de no residente y, además, el RD-ley 19/2017 obliga a los bancos a ofrecer una cuenta de pago básica (máximo 3€/mes) a los residentes legales en la UE.

¿Tengo derecho a tarjeta sanitaria pública siendo estudiante?

No por el simple hecho de estudiar: tu cobertura es el seguro privado del visado. Si trabajas y te dan de alta en la Seguridad Social, pasas a ser asegurado y puedes tramitar la tarjeta en tu centro de salud.

¿Puedo trabajar desde el primer mes?

Sí, hasta 30 horas semanales y sin autorización adicional desde el RD 1155/2024, siempre que sea compatible con los estudios. Necesitas tu NIE y un contrato con alta en la Seguridad Social.

¿Qué pasa si no consigo cita de huellas dentro del mes?

Reserva la primera cita disponible y conserva el justificante: acredita que iniciaste el trámite en plazo. La saturación del sistema de citas es un motivo habitual y conocido por las oficinas.

¿Qué documentos conviene llevar siempre encima al principio?

Pasaporte con visado, resguardo de la solicitud de TIE, certificado de empadronamiento, certificado del seguro médico y justificante de matrícula.

Resumen rápido

TIE en 1 mes desde la entrada si tu autorización supera 6 meses (art. 209, RD 1155/2024)
EX-17 + tasa 790-012 de 16,08€ (renovación: 19,30€, Orden PJC/617/2025)
Empadronamiento gratuito y obligatorio (art. 15 de la Ley 7/1985): pasaporte + contrato de vivienda
Cuenta bancaria: cuenta de pago básica con comisión máxima de 3€/mes (RD-ley 19/2017) o cuenta de no residente
⚠️ Tu seguro privado sigue siendo tu cobertura sanitaria: no lo canceles al llegar
Transporte joven: 10€/mes en Madrid, 45,50€/90 días en Barcelona
⚠️ Guarda todos los resguardos: son tu prueba de estar en regla mientras fabrican la tarjeta

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